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domingo, 25 de febrero de 2007

Resumen novedades Reforma Fiscal del IRPF que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2007

Si quereis realizar una simulación de la declaración podeis hacerlo PINCHANDO AQUÍ, os llevará al simulador oficial de la AEAT.
Tambien podeis hacer una simulación PINCHANDO AQUÍ que pertenece a la web Ahorro.com.
Novedades de la Reforma Fiscal IRPF 2007
Cuentas Corrientes y Depósitos
Los intereses tributarán al tipo fijo (y de retención) del 18%, sin reducciones (en el caso de depósitos a más de 2 años). Se establece una compensación fiscal para aquellos productos contratados con anterioridad al 20 de enero de 2006.

Seguros de Ahorro y Unit Linked
El rendimiento tributará (y se aplicará retención) al 18% sin reduciones fiscales. Las reducciones vigentes en periodos anteriores (del 40% o del 75% según la antigüedad de las primas satisfechas), se aplicarán a los clientes que tuvieran contratado el producto antes del 20 de enero de 2006 y que salgan perjudicados con la reforma fiscal.

Dividendos
Tributarán y se aplicará retención del 18% con un mínimo exento de 1.500 €, salvo acciones homogéneas adquiridas y vendidas en los 2 meses anteriores o posteriores al cobro del dividendo (1 año si son valores no cotizados).

Renta Variable
Las ganancias (Precio de Venta-Precio de Compra) tributarán todas al 18% con independencia de su período de generación (es indiferente si ha transcurrido o no un año desde la adquisición del bien). Mejora la fiscalidad de las operaciones a corto plazo, si su marginal era superior al 18%.

Renta Fija (Bonos, Letras, Pagarés...)
Los rendimientos tributarán al 18% sin reducciones. Se establece una compensación fiscal para aquellos productos contratados con anterioridad a 20 de enero de 2.006, y porque tuvieran la posibilidad de aplicar la reducción del 40% por tratarse de renta con periodo de generación superior a 2 años.

Fondos de Inversión
Se mantiene el régimen que permite efectuar traspasos entre fondos de inversión sin tributación ("exención del peaje fiscal"). En caso de reembolso, se producirá una ganancia que tributará -con su correspondiente retención- al tipo del 18%, con independencia de sus periodo de generación.

Coeficientes de Abatimiento
Estos coeficientes permitían reducir o incluso eliminar la tributación derivada de bienes (fondos, acciones, inmuebles, etc.) comprados antes de 31 de diciembre de 1.994. La reforma elimina estos coeficientes pero se respetan los derechos adquiridos con efectos hasta el 20 de enero de 2.006. La parte de ganancia posterior a 20 de enero de 2006 tributará sin aplicar coeficientes de abatimiento al 15% en 2006 y al 18% en 2.007.

Planes de Pensiones
Reducciones Fiscales (Aportaciones anuales)
Desde Enero de 2.007, los límites son los siguientes:

Rescate del Plan de Pensión (Jubilación)
El rescate tributará como rendimiento de trabajo sin posibilidad de aplicar reducciones. No obstante, cuando se rescate un Plan de Pensiones, podrá aplicarse la reducción del 40% (cuando hayan transcurrido más de dos años entre la primera aportación y el cobro de la percepción), siempre que se rescate en forma de capital, para las aportaciones efectuadas hasta 31 de diciembre de 2.006 y la rentabilidad de las mismas hasta el rescate.

Hipoteca y Cuenta Vivienda
Deducción del 15% del capital amortizado, intereses y gastos del año con un máximo de 9.015 euros. Se establece una compensación fiscal para aquellas viviendas adquiridas con anterioridad a 20 de Enero de 2006. Se mantiene la deducción por cuenta vivienda (por importe del 15% de lo aportado con un máximo de 9.015 Euros).

Mínimos Personales y Familiares

Tipos de Gravamen

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